Archivos de historia del movimiento obrero y la izquierda, nº 24
marzo 2024 - agosto 2024
ISSN 2313-9749
Centro de Estudios Históricos de los Trabajadores y las Izquierdas

Pablo Scotto, Los orígenes del derecho al trabajo en Francia (1789-1848), Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2021, 486 pgs.


Hernán M. Díaz

Universidad de Buenos Aires - Centro de Estudios Históricos de los Trabajadores y las Izquierdas
ORCID: 0000-0003-4351-1647
hernandiaz59@gmail.com
DOI 10.46688/ahmoi.n24.456

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Pablo Scotto, graduado en Filosofía por la Universidad de Santiago de Compostela, ha publicado una profunda investigación sobre el “derecho al trabajo” en la convulsionada Francia de fines del siglo XVIII y primera mitad del XIX, es decir, la Francia atravesada por tres revoluciones y que asiste al nacimiento tanto del movimiento obrero como de los primeros agrupamientos socialistas. El texto es la reformulación de una tesis de doctorado presentada en la Facultad de Filosofía de la Universitat de Barcelona, en el marco de su programa de doctorado en Ciudadanía y Derechos Humanos. Sin embargo, a pesar de estar radicada en el ámbito de la filosofía política, la investigación tiene un registro fuertemente historicista y se basa en amplias investigaciones sobre el marco histórico, económico y social de la época.

El libro está estructurado en tres partes. La primera analiza el “derecho al trabajo” y el “derecho a la existencia” en el convulsionado período de la revolución de 1789 hasta la caída de Robespierre y la reacción de termidor. Es particularmente notable cómo el concepto mismo de “trabajo” se va desarrollando desde el Antiguo Régimen hasta el surgimiento de una noción liberal de trabajo abstracto. Mientras las corporaciones de maestros y oficiales de cada gremio buscaban jerarquizar y defender el trabajo a través de restricciones diversas, la revolución (con las leyes de Allarde y de Le Chapelier) prohibió los gremios por oficio y cualquier asociación que buscara garantizar alguna estabilidad laboral, y concibió la relación entre patrones y trabajadores como meros contratos individuales. Ante la posibilidad de levantamientos contra el nuevo régimen, la Asamblea Constituyente aprobó en 1789 una ley marcial que autorizaba la represión contra cualquier manifestación pública contra las leyes vigentes. Como afirma el autor, “la implantación del capitalismo utópico va de la mano de la represión”. La burguesía en el poder empieza a cuestionar el “derecho al trabajo”, entendido como una obligación estatal de proveer trabajo a los desocupados válidos, y solo mantiene el “derecho a la asistencia” a los desvalidos, enfermos y ancianos.

En el período jacobino, según Scotto, coexistieron las ideas de “derecho al trabajo” y “derecho a la existencia”, entendiendo este último como un derecho previo al primero, ya que si un individuo válido no puede encontrar ocupación, peligra su existencia y por lo tanto la sociedad en su conjunto está obligada a sostenerlo económicamente. En palabras de Robespierre, “los alimentos necesarios para el hombre son tan sagrados como la propia vida”, por lo tanto quien no pueda acceder a este mínimo existencial tiene derecho a exigir que la sociedad lo garantice. Se acerca así, de manera intuitiva según Scotto, a lo que hoy en día se discute como “renta básica universal”. Robespierre no quiere la abolición de la propiedad, sino una limitación de las grandes fortunas, y en definitiva encuentra que los problemas económicos son producto del agio y la especulación, y el autor establece en este punto una cierta homología entre las ideas del Incorruptible y las de los sans-culottes.

Los debates en el marco de la Convención sobre el trabajo y las diferentes concepciones sobre las acciones del Estado con respecto a este están trabajados con mucha profundidad por Scotto y dan cuenta muy detalladamente tanto de los discursos como de las leyes y resoluciones respectivas.

En el período que va de la revolución de 1830 a la revolución de 1848, objeto de la segunda parte, se analizan, quizás un poco fragmentariamente, una serie de planteamientos alrededor del “derecho al trabajo”. Un lugar prominente, en este momento, lo constituyen la noción de “asociación” y el planteo de “organización del trabajo” elaborado por Louis Blanc. La idea de asociación, y en esto Scotto sigue a William Sewell, habría nacido de la misma experiencia de la clase obrera en lucha contra el sesgo represivo y antiobrero que tomó la Monarquía de Julio desde su mismo nacimiento. Aunque tuviera reminiscencias de la estructura gremial del Antiguo Régimen, la asociación se conformará de manera novedosa como una vinculación solidaria de los trabajadores de manera indiferenciada, en tanto los gremios habían sido una estructura jerárquica y cerrada, que había llevado a la confrontación entre los diferentes oficios y aún entre los diferentes niveles de trabajo: maestros, oficiales y aprendices.

En cuanto a la organización del trabajo de Louis Blanc, tiene en el libro de Scotto un lugar muy amplio, tanto en su elaboración en la prensa como en su fallida concreción durante el gobierno provisional de 1848. Blanc y el grupo del diario La Réforme constituirían así el llamado “socialismo jacobino”, que trató de retomar planteos del momento más radical de la revolución de 1793, en beneficio directo de los trabajadores.

En esta segunda parte del libro se siente la ausencia de una indagación más exhaustiva de los aportes de los grandes sistemas protosocialistas, en especial de Saint-Simon, que con su obra y a través de sus múltiples herederos colaboraron en la conformación de una práctica obrera autónoma, de un lenguaje novedoso sobre la “cuestión social” y de una intención de reformas legales en beneficio del trabajo.

La experiencia revolucionaria de 1848 es analizada en la tercera parte del libro. Se ve allí claramente cómo los republicanos moderados en el poder deformaron la propuesta de Blanc (reclamada por los obreros en las puertas de la casa de gobierno), llevando los “talleres nacionales” a un callejón sin salida, que terminó con una insurrección popular reprimida y derrotada en junio. En este álgido período, lleno de debates y participación popular, se hacen cada vez más frecuentes las referencias al “derecho al trabajo”.

Al respecto cobra especial interés el registro detallado de las discusiones en la Asamblea Constituyente (después de derrotado el movimiento obrero en junio) en torno al “derecho al trabajo”. Allí se puede observar que la izquierda remanente (Mathieu de la Drôme, Pierre J. Proudhon, Victor Considerant, Claude Pelletier), que abogaba por registrar el derecho al trabajo en la constitución, exponía sus ideas con debilidad y gran desorientación política. En palabras de Scotto, “incomprensión teñida de sentimentalismo”. En cambio la derecha (Louis Gaulthier, Léon Faucher, Adolphe Thiers y sobre todo Alexis de Tocqueville, quizás el más lúcido) sabía con precisión que el derecho al trabajo podía convertirse en una carga permanente para el Estado y un obstáculo para la extorsión del empresario al trabajador, en tanto aquel necesita un ejército de desocupados para forzar a la baja los salarios. Es notable en estos debates cuán informados estaban los intelectuales de la burguesía sobre las corrientes que activaban en el seno del movimiento obrero y cuán conscientes eran de que lo que se debía instaurar era el poder sin trabas de la clase dominante y la estrategia a largo plazo del capitalismo. En definitiva, como varios diputados en la asamblea lo destacaron, el derecho al trabajo había sido derrotado con la derrota de la insurrección obrera de junio, lo cual quería decir que no existe un “contrato” entre las clases, sino que toda ley y toda constitución parten de una situación de fuerza entre las clases en lucha y no son otra cosa que la cristalización del resultado de esa disputa.

En definitiva, el libro de Scotto es un importante y significativo aporte para entender las discusiones sobre la situación de los trabajadores en el marco del naciente capitalismo y sobre la posibilidad de que sus necesidades puedan expresarse legalmente. Lo que lleva a la conclusión de que es la lucha de clases, en definitiva, la que decide cuáles son los derechos de los trabajadores. La investigación está centrada en una noción jurídica, el derecho al trabajo, pero para comprender su nacimiento y los avatares de su eventual rechazo en Francia el autor debe remitirse finalmente a las circunstancias sociales y políticas que le dieron lugar. En ese sentido, no se ha realizado un análisis exclusivamente centrado en las discusiones jurídicas ni se ha querido hacer un ejercicio de historia conceptual. Al contrario, se ha buscado trabajar en una interacción entre las polémicas jurídicas y la situación social, la economía de la época y las novedades ideológicas que, en este caso, implicaban el registro del nacimiento del socialismo en sus diferentes escuelas.

Este trabajo, alejado de las excesivas especializaciones que caracterizan a buena parte de la academia de nuestra época, representa entonces un sano ejercicio de historia en varios niveles, donde el objeto de análisis no se resume en el compartimiento estanco de una disciplina sino que pone en juego el conjunto de factores que inciden en la concreción de los fenómenos.